Categoría: Actualidad laboral

  • Registro horario digital obligatorio: qué hay de verdad (y qué es humo) a octubre de 2026

    Registro horario digital obligatorio: qué hay de verdad (y qué es humo) a octubre de 2026

    Si en las últimas semanas te ha llegado un correo que empieza por «URGENTE: el fichaje digital ya es obligatorio», bórralo con tranquilidad. A 21 de octubre de 2026, el registro horario digital no es obligatorio. El real decreto que lo impondría no está aprobado ni publicado en el BOE.

    Dicho esto, hay mucho ruido, algo de verdad y bastante humo. Vamos a separarlos.

    Lo que es verdad: el registro de jornada es obligatorio desde 2019

    Esto no ha cambiado y no depende de ningún decreto nuevo. Desde el 12 de mayo de 2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas a:

    • Registrar cada día la hora concreta de inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora.
    • Organizar el registro por convenio, acuerdo de empresa o decisión del empresario previa consulta con los representantes.
    • Conservarlo cuatro años, a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección.

    La ley no exige un formato concreto: papel, hoja de cálculo o software, siempre que el registro sea fiable. Incumplirlo es infracción grave del artículo 7.5 de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 € (art. 40.1.b). Si no lo tienes, eso es lo urgente: así se monta paso a paso.

    Lo que está en tramitación: el real decreto de registro digital

    El Ministerio de Trabajo quiere un registro digital, que la Inspección pueda consultar y que no se pueda manipular. Este es el recorrido, con fuentes:

    Septiembre de 2025: arranca la vía del decreto

    Después de que el Congreso tumbara la ley de 37,5 horas (que también incluía cambios en el registro), el Gobierno optó por un real decreto, que no necesita pasar por el Parlamento. El Consejo de Ministros aprobó en septiembre de 2025 tramitarlo por vía de urgencia, según El País. Lo contamos en qué pasó con la jornada de 37,5 horas.

    Marzo de 2026: el Consejo de Estado dice que no

    El 19 de marzo de 2026, el Consejo de Estado emitió su dictamen 188/2026, que termina con un rotundo «No procede aprobar el real decreto proyectado», según publicó El País. Entre sus críticas:

    • Protección de datos: no se garantizaba suficientemente, en línea con el informe desfavorable de la AEPD.
    • Rango de la norma: un reglamento no puede imponer nuevas obligaciones que corresponden a una ley («Lo que puede la ley no lo puede el reglamento»).
    • Impacto en las empresas: considera «poco realista» que no suponga una carga y estima un impacto inicial de 867 millones de euros anuales.
    • Falta de adaptación sectorial.

    El dictamen no es vinculante: el Gobierno puede aprobar el decreto igualmente, pero le resta solidez jurídica.

    Octubre de 2026: «revisión concluida»

    El 2 de octubre, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, dio por concluida la revisión del texto para superar las objeciones (más peso de la negociación colectiva y de la protección de datos) y dijo confiar en llevarlo al Consejo de Ministros a lo largo de octubre, según NoticiasTrabajo.

    5 de octubre: elecciones

    El Real Decreto 806/2026 (BOE del 6 de octubre) disolvió las Cortes y convocó elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.

    Hoy, 21 de octubre: sin publicar

    En el BOE no consta ninguna disposición nueva sobre registro de jornada, y la referencia del Consejo de Ministros del 20 de octubre no lo incluye.

    ¿Y las elecciones lo frenan?

    No automáticamente. Como es un real decreto y no una ley, no necesita convalidación del Congreso, así que podría aprobarse aunque las Cortes estén disueltas, como explicó Europa Press.

    Lo que sí cambia después del 29 de noviembre: según la Ley del Gobierno (art. 21), el Gobierno cesa tras las elecciones generales y, en funciones, limita su gestión al «despacho ordinario de los asuntos públicos», salvo urgencia o interés general debidamente acreditados. Si aprobar este decreto encaja o no ahí es discutible, y no nos vamos a mojar donde la ley no lo hace.

    Traducción: puede aprobarse en las próximas semanas, puede retrasarse o puede quedarse para el próximo Gobierno. Nadie lo sabe con certeza, y quien te dé una fecha cerrada está adivinando.

    Lo que es humo

    • «Ya es obligatorio fichar en digital». No. No está en el BOE.
    • «Tienes hasta el día X para adaptarte». No hay plazo oficial porque no hay norma aprobada. Si se aprueba, el texto fijará su entrada en vigor; desconfía de cualquier fecha que no puedas ver en el BOE.
    • «Multas de 10.000 € por trabajador». Esa cifra estaba en el proyecto de ley de reducción de jornada que el Congreso devolvió en 2025, según RTVE. Hoy rige la LISOS: de 751 a 7.500 €. Ver la sanción por no fichar.
    • «El papel y el Excel están prohibidos». Hoy, no. Otra cosa es que sean fiables; lo explicamos en por qué el Excel para fichar da problemas.
    • «Te van a obligar a fichar con huella». Hoy ninguna norma lo exige. Del proyecto, el propio Consejo de Estado criticó que no aclaraba si se optaría por un control biométrico, según El País. Y la biometría tiene sus propios límites de protección de datos: fichaje y protección de datos.

    Lo que deberías hacer hoy (con o sin decreto)

    La Inspección ya está mirando el registro: el Plan Estratégico 2025-2027 sitúa el tiempo de trabajo como segundo motivo de denuncia, y para 2026 hay planificadas 4.964 actuaciones sobre registro de jornada, según El Mundo. Así que, decreto o no:

    1. Comprueba que registras a todo el mundo, a diario, con entrada y salida reales.
    2. Asegúrate de que las correcciones dejan rastro.
    3. Ten el registro accesible al momento y exportable. Ver qué te pide la Inspección.
    4. Guarda cuatro años.
    5. No contrates nada con prisa por un decreto que no existe. Elige porque te resuelve el problema de hoy; aquí tienes una comparativa honesta.

    Un registro digital, fiable y con trazabilidad cumple la ley actual y es, con bastante probabilidad, lo que está más cerca de cualquier versión futura. Pero eso es una ventaja práctica, no una obligación legal.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio el registro horario digital en octubre de 2026?

    No. A 21 de octubre de 2026 el real decreto no está aprobado ni publicado en el BOE. Lo obligatorio es el registro diario del artículo 34.9 del Estatuto, en el formato que elijas siempre que sea fiable.

    ¿Cuándo entrará en vigor?

    No hay fecha. Depende de que el Consejo de Ministros lo apruebe y se publique en el BOE, y del calendario que fije el propio texto.

    ¿Las elecciones del 29 de noviembre lo anulan?

    No por sí mismas. Un real decreto no necesita convalidación del Congreso. Tras las elecciones, el Gobierno en funciones tiene limitada su actuación al despacho ordinario, salvo urgencia o interés general acreditados.

    ¿Me pueden multar hoy por llevar el registro en papel?

    No por el formato, sino si el registro no existe, no es diario, no es fiable o no se conserva. La multa por infracción grave va de 751 a 7.500 €.

    En resumen

    Verdad: fichar es obligatorio desde 2019. Humo: que ya sea obligatorio hacerlo en digital. Incertidumbre: si el decreto se aprueba y cuándo. Lo actualizaremos cuando haya algo en el BOE, no antes.

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  • Jornada de 37,5 horas: qué pasó y qué cambia (spoiler: de momento, nada)

    Jornada de 37,5 horas: qué pasó y qué cambia (spoiler: de momento, nada)

    Hay noticias que se repiten tanto que acaban pareciendo leyes. «Ya estamos a 37,5 horas», «a partir de enero se trabaja menos», «mi cuñado dice que ya está aprobado». Y no, no está aprobado.

    Si gestionas una pyme y no sabes si tienes que rehacer horarios, contratos o nóminas, este artículo es para ti. Respuesta corta: la jornada máxima legal sigue siendo de 40 horas semanales. Respuesta larga, aquí abajo.

    Qué pasó con la reducción de jornada

    El proyecto de ley

    El Gobierno llevó al Congreso el Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión. Fíjate en el nombre: no solo bajaba la jornada de 40 a 37,5 horas semanales, también endurecía el registro horario.

    El Congreso lo devolvió

    El 10 de septiembre de 2025 el Pleno del Congreso aprobó las enmiendas a la totalidad de PP, Vox y Junts por 178 votos a favor y 170 en contra, según RTVE. Consecuencia: el proyecto se devolvió al Gobierno y no siguió su tramitación. El Boletín Oficial de las Cortes Generales recoge formalmente esa devolución.

    Fin del recorrido parlamentario. No hubo ley.

    Y en 2026, tampoco está en la agenda

    El 5 de mayo de 2026 el Gobierno aprobó su Plan Anual Normativo. Según elDiario.es, que tuvo acceso al documento, la reducción de jornada no figura entre las normas previstas para este año. Lo que sí figura es el real decreto para endurecer el registro horario.

    Fuentes de Trabajo matizaron a ese medio que lo que queda fuera del plan no significa que no vaya a hacerse. Es verdad. Pero a día de hoy no hay texto en tramitación, ni fecha, ni nada que puedas aplicar.

    Qué sigue vigente hoy

    40 horas semanales de promedio anual

    El artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores sigue diciendo lo mismo:

    «La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.»

    Y el resto de límites del artículo 34 también siguen ahí:

    • 12 horas mínimo de descanso entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.
    • 9 horas ordinarias diarias como máximo, salvo que el convenio o un acuerdo establezca otra distribución.
    • 15 minutos de descanso como mínimo cuando la jornada continuada pase de 6 horas.

    Tu convenio manda (si es mejor)

    La jornada pactada en tu convenio colectivo puede ser inferior a 40 horas. Si lo es, se aplica la del convenio. Muchas pymes ya tienen jornadas por debajo de 40 horas por convenio sin que haya cambiado ninguna ley. Antes de hacer números, abre el convenio.

    El registro de jornada, igual que desde 2019

    Lo que no ha cambiado ni un milímetro es la obligación de registrar la jornada: hora de inicio y fin, cada día, cada trabajador, guardado cuatro años (art. 34.9 ET). Si eso no lo tienes resuelto, es lo urgente. Lo explicamos paso a paso en cómo hacer el registro de jornada.

    Lo que sí está en movimiento: el registro horario digital

    Aquí es donde conviene no confundir titulares. Tras el tropiezo de la ley, el Ministerio de Trabajo optó por endurecer el registro de jornada mediante un real decreto, que no necesita pasar por el Congreso.

    Ese proyecto tiene su propio problema: el Consejo de Estado emitió un dictamen muy desfavorable que termina con un «No procede aprobar el real decreto proyectado», según El País. Entre sus críticas: el impacto sobre las empresas, la protección de datos y que un reglamento no puede imponer obligaciones que corresponden a una ley. El dictamen no es vinculante.

    Resumen a fecha de hoy: el registro digital no está aprobado ni publicado en el BOE. Es un proyecto. Cuando cambie algo, lo contaremos.

    Qué hacer en tu pyme mientras tanto

    Nada heroico. Cuatro cosas sensatas:

    1. No toques contratos ni horarios por una reducción de jornada que no existe legalmente. Si quieres reducir la jornada por decisión propia, adelante, pero que sea una decisión, no un malentendido.
    2. Revisa tu convenio. Es la referencia real de tu jornada.
    3. Ten el registro en orden. Cualquier reforma futura, sea de jornada o de registro, va a pasar por ahí. Las empresas con un registro fiable son las que menos sufrirán cualquier cambio.
    4. Vigila las horas extra. Con 40 horas o con 37,5, lo que pase de la jornada ordinaria son horas extraordinarias, con su límite y su forma de compensación (art. 35 ET).

    Y si te preguntas qué riesgo corres hoy por no registrar bien: la infracción es grave según el artículo 7.5 de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 €. Lo contamos en la sanción por no fichar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Está aprobada la jornada de 37,5 horas?

    No. El proyecto de ley fue devuelto al Gobierno por el Congreso el 10 de septiembre de 2025 y no figura en el Plan Anual Normativo de 2026.

    ¿Cuál es la jornada máxima legal ahora mismo?

    40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (art. 34.1 del Estatuto de los Trabajadores), salvo que tu convenio fije menos.

    Si mi convenio dice 38 horas, ¿qué se aplica?

    El convenio. La ley marca el máximo; el convenio puede mejorarlo.

    ¿El registro horario digital ya es obligatorio?

    No. Es un proyecto de real decreto con dictamen desfavorable del Consejo de Estado y, a fecha de hoy, no publicado en el BOE. Lo obligatorio es el registro diario del artículo 34.9.

    En resumen

    La semana de 37,5 horas, hoy, es un titular, no una obligación. Lo que sí es obligación desde 2019 es registrar la jornada. Si cuando llegue la próxima reforma quieres estar tranquilo, empieza por ahí.

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